Poniendo luz sobre la Ley Pinedo #leypinedo

Esta última semana se ha hablado bastante de la llamada «Ley Pinedo», un proyecto de ley propuesto en Argentina para proteger a los ISP de demandas que no les corresponden.

Los comentarios han sido varios, en general con tono alarmista o preocupado (más algunos que solo buscan difamar con fines políticos, pero ya es otro tema). Lo bueno de esto es que desde el PRO se han escuchado las voces y nos convocaron a varios bloggers, periodistas y gente de la industria para poder charlar directamente con el Diputado Pinedo y hacerle llegar nuestras dudas y preocupaciones. Antes de contarles lo que se estuvo charlando me gustaría remarcar este gesto, ya que nos recibieron con paciencia y mente abierta para poder aportar a un proyecto de ley, algo que rara vez se tiene la oportunidad de hacer.

Antes de empezar, si aún no leyeron la ley, pueden hacerlo en este enlace (está copiada entera en la segunda mitad del post)

##Primero lo primero, el objetivo de la ley

Vamos a empezar poniendo en palabras claras y coloquiales cuál es el sentido de esta ley: eximir de responsabilidad a los proveedores de servicios de Internet por el contenido al que se acceda a través de ellos, si es que los mismos violan algún derecho, con la única excepción de que hayan recibido una orden judicial o carta documento que los ponga al tanto.

La medida, como tal, busca proteger a los ISP, motores de búsqueda, etc., de que tengan que pagar los platos rotos por el contenido que suben otras personas a través de ellos. Solo serán responsables si primero un juez dictamina que el contenido es ilegal (algo que puede pasar ahora, independientemente de esta ley) y se les avisa por un medio formal y sentencia judicial sobre esta situación y deciden ignorarla.

Con esto, por ejemplo, no hubiese prosperado el vergonzoso caso de Modelos vs. Goolgle (que después fue revocado, por suerte).

Ahora bien, que éste sea el propósito de la ley no impide que pueda ser malinterpretada por nosotros (que en general no entendemos mucho de lenguaje «de abogados»), pero tampoco que pueda ser mal usada. Lo que nos lleva al siguiente punto:

##Los problemas: lenguaje técnico y miedo al abuso

Desde mi humilde punto de vista, son dos los problemas que hicieron que el proyecto de ley cause alarma entre nosotros: el lenguaje técnico y el miedo al abuso o al desconocimiento.

El tema del lenguaje técnico hizo que algunos, como mi amigo Fabio (que hizo un post extenso con la necesaria tarea de abrir interrogantes) entiendan de primera mano que esta ley permite dar de baja cualquier página con que solo alguien lo pida, sin mucha justicia de por medio. Así, por ejemplo, no sabíamos que «conocimiento efectivo» no significa que alguien te mande un mail para avisarte, sino que requiere una comunicación formal con previa orden de un juez. Una orden que no depende, además, de esta ley, sino que podría llevarse a cabo ahora mismo.

El otro punto, que solo podemos comprender los que vivimos en un país en el que la justicia no suele ser justa, es el miedo al abuso de esta ley, o al desconocimiento por parte de los jueces.

Veamos por ejemplo el artículo N°3, en el que se le da al juez el poder de ordenar las medidas requeridas para proteger los derechos de la parte demandante «en forma provisional y sin haber oído a la otra parte». Asusta, ¿no?

El artículo contempla esta posibilidad cuando haya posibilidad de que tomarse el tiempo correspondiente dañe en forma irreparable al titular de los derechos. Creo que todos podemos entenderlo fácilmente al pensar en sitios que incentiven la pedofilia, la pornografía infantil, el terrorismo, etc. Por lo menos yo estaría de acuerdo en que dichos sitios sean dados de baja de inmediato, y no esperar un proceso de meses.

Ahora bien, el miedo de muchos es que personas que muevan influencias, o jueces corruptos, se amparen en este artículo para empezar a dar de baja o bloquear sitios que en realidad no están cometiendo fallas (o, al menos, no graves) no por justicia sino por sus propios intereses. Algo que puedo comprender perfectamente, jueces corruptos nos sobran.

La distinción que hay que hacer, me parece, es que esto no es un problema de este proyecto de ley, sino de nuestro sistema judicial en general. Una ley no puede garantizarnos, desafortunadamente, que el juez no vaya a ser corrupto ni vaya a obrar por otros motivos. No puede decir «y solo van a juzgarlo jueces buenos». Ni en este caso ni en cualquier otro. Es una tristísima realidad que no podemos adjudicarle a esta ley. Eso no quiere decir, sin emabargo, que haya que resignarse (ver sugerencias más adelante).

##El asunto de los enlaces

Hay un asunto un poco más controvertido, que gira entorno al artículo N°6, en el cual se hace mención de los enlaces. Seguramente sepan que en España la ley dictaminó que hacer un enlace no es un delito, incluso aunque la página a la que te dirija sí esté violando algún derecho.

En este artículo se contempla que, en caso de detectarse una violación de derechos, si otro sitio, o un ISP o un hosting hace enlace al mismo y es notificado por medio de una orden judicial que decide ignorar, también será responsable por el mismo.

En criollo: hay que hacernos cargo de lo que enlazamos.

Este es definitivamente un punto clave y que da para un debate mucho más amplio del que, creo, fue la idea original del proyecto de ley. Creo que es un tema sumamente complejo, y en el que hay que contemplar variables como el tipo de enlace o la intención detrás del mismo. Si bien yo me inclino personalmente por el lado de «enlazar no es delito», también creo que todos tenemos que responsabilizarnos por lo que hacemos.

La excusa «pero en España ya se declaró que no es delito» es simplemente ridícula. En España también se aprobó la Ley Sinde, ¿están dispuestos también a que eso se tome de ejemplo? Decir que nosotros deberíamos legislar igual solo porque lo dicen allá no es un argumento que nos convenga.

Para empezar a abordar este tema en serio hay que plantear argumentos a favor y en contra, y tratando de dejar de lado los beneficios propios y pensando en lo que es justo (justo para todos, por supuesto, no para unos pocos).

El tiempo ayer no nos dio para extendernos en este punto, pero las puertas quedaron abiertas. Si tienen ganas de aportar, pueden escribir sus opiniones aquí en los comentarios o mandármelas por mail a cecilia @ cecideviaje.com, prometo hacer lo que esté en mi poder para hacerlas llegar a quien corresponde.

##Y hablando de la Ley Sinde…

…que para mí es el peor fantasma que tenemos encima, y no hay que dejar que suceda en nuestro país, le preguntamos a Pinedo qué opinaba sobre la misma, y fue claro: el poder administrativo no debería jamás tomar decisiones que solo le corresponden al judicial, y eso incluye decisiones como las de interrumpir una página en Internet.

Eso quiere decir que, al igual que sucede ahora, el poder judicial es el único que podría indicar tomar tal medida.

##Mejorando el proyecto de ley

Resumiendo un poco lo que venimos charlando, la ley apunta a proteger a los ISP de comerse palos que no les corresponden, pero en el medio tenemos miedo de que se mal use para afectarnos.

Pero como solo quejarse y no proponer nada es de conformistas, entre todos han surgido algunos puntos que transmitimos al Diputado Pinedo y su equipo, y que nos parece que enriquecen la ley. Nada nos garantiza que sean efectivamente plasmados, pero al menos sí tenidos en cuenta y escuchados.

Estas son algunas de las cosas que consideramos necesarias replantear:

1) La inclusión de una figura que asesore a los jueces en materia de Internet. Este aporte que hizo mi querida Claudia Alderete no es menor y fue buen recibido por Pinedo. Y es que considerando que el promedio de edad de los jueces es 55-65 años, muchos de ellos pueden no tener el conocimiento necesario para fallar con respecto a estos temas. La figura de un «perito» (en realidad nos dieron el término de verdad y me lo olvidé) ayudaría a que se entienda exactamente cuál es el caso antes de decidir.

2) Distinguir el sitio del contenido. Es decir, si lo que está violando un derecho es el contenido de un sitio, es exactamente eso lo que debería ser dado de baja (si así lo decidiera el juez), y no el sitio en sí mismo. Esto no solo se aplica a, por ejemplo, un post en Taringa. Imagínense que sin que me dé cuenta alguien comenta en mi blog difamando a otra persona, quien procede a demandar. En este caso, lo que se tendría que dar de baja (si el juez así lo decide) es el contenido, y no todo mi blog.

3) Ser más precisos en qué se considera lo suficientemente grave como para que las medidas tengan que ser tomadas en forma provisional y antes de escuchar a la otra parte. No dejar lugar a interpretaciones que puedan ser mal usadas por personas con malos motivos, e impedir que se utilice, por ejemplo, como una herramienta de censura.

##Lo que sigue

Las puertas están abiertas para seguir charlando este tema con el Diputado y su equipo, y en la medida de lo que me sea posible estaré involucrada en el proceso. Se nos ha prometido tener en cuenta nuestros aportes, pero claro que eso no lo veremos hasta el momento en el que el proyecto esté finalizado.

Como es un tema que puede levantar pasiones, les pido que hagan sus aportes y comentarios con respeto y tranquilidad, para que podamos escucharnos todos.

Si tienen sugerencias o aportes que quieran hacer llegar al equipo de Pinedo, háganmelo saber, así trato de que les llegue.


Comentarios

24 respuestas a «Poniendo luz sobre la Ley Pinedo #leypinedo»

  1. Hay un tema mas de fondo en este asunto. Las plataformas son herramientas para los usuarios. Pero para los duenios son modos de lucro. Como tal no pueden evadir su responsabilidad frente a la permisividad o no de la herramienta que te venden . Ademas una vez que el danio esta hecho muchas veces es irreparable. La propiedad intelectual también es un bien a resguardar. La ley Pinedo es un modo de resguardar a los grandes jugadores de internet como google faceb, etc. y darles una manito frente a la justicia y para que puedan mirar hacia otro lado frente a los delitos cometidos en las plataformas que ellos administran y con la cual se benefician económicamente. Obtener un redito no esta mal. Pero conlleva responsabilidad por el uso y no pueden desentenderse. La ley Pinedo los ayuda a desentenderse.

  2. Avatar de Pablo German
    Pablo German

    Leí el proyecto de ley, lo publicado por Cecilia y aquellos comentarios de los lectores, y, creo que hay algunos errores de interpretación acerca de la función de la ley planteada. El motivo de la ley es la de "proteger" a los ISP de medidas legales tomadas de acuerdo a la VIGENTE constitución u otra ley Argentina, no se esta haciendo agregados que puedan significar la censura o dada de baja de un sitio, blog o buscador, sino que se está protegiendo a estos de lo que pueda significar la publicación de contenido ilegal en la República Argentina a través de los mismos. Por ejemplo: Si X persona crea un post con contenido de pedofilia en Taringa, y este contenido es denunciado, el poder judicial tomara las medidas necesarias, Taringa será notificado y éste deberá dar de baja dicho contenido.
    Ahora, en caso de que esto ocurra ahora, el responsable de dicho contenido es Taringa, no hay una legislación que lo proteja de aquello que puedan hacer sus usuarios.
    No es censura ni nada parecido, es un medio de protección a los proveedores de aquellos servicios que tanto disfrutamos aquellos que nos dedicamos a hacer uso y abuso de la red.

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